Caracas.- La ley de Procesos Electorales (LOPRE) establece en su artículo 75 las prohibiciones en la propaganda electoral durante la campaña de las elecciones parlamentarias y regionales pautadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para el próximo 25 de mayo, que inició el pasado martes 29 de abril y culminará en la medianoche del 22 de mayo.
Se refiere a las piezas publicitarias, difundidas y expuestas por todos los medios que expresan los mensajes electorales de las organizaciones y sus candidatos, durante el lapso establecido por el ente comicial para las actividades de carácter público desarrolladas por los candidatos, organizaciones con fines políticos y grupos de electores para captar, estimular o persuadir al electorado para que vote a su favor.
Enumera la LOPRE en su artículo 75 unas 17 prohibiciones, comenzando porque se produzca fuera del lapso establecido por el ente comicial.
No permite aquella que atente contra el honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación de las personas, ni que promueva la guerra, discriminación o intolerancia, así como tampoco la desobediencia a las leyes.
También prohíbe que omita los datos que permitan la identificación del promotor o promotora de la propaganda electoral y el Registro de Información Fiscal (RIF).
En su artículo 74, la ley establece que los representantes de los candidatos deberán informar por escrito al CNE, dentro de los cinco días siguientes a la convocatoria los datos de identificación de las personas naturales o jurídicas autorizadas por ellos para contratar la propaganda.
Estos deben incluir nombres y apellidos, cédula de identidad o RIF, el carácter con el que actúan y la dirección o domicilio, a los efectos de cualquier notificación, y la lista de las personas autorizadas será publicada por el ente comicial.
No permite tampoco la LOPRE que la propaganda electoral sea realizada por personas naturales o jurídicas distintas a las autorizadas por los candidatos y las candidatas.
De igual manera, que no desestimule el ejercicio del derecho al voto y contenga expresiones obscenas y denigrantes contra los órganos y entes del Poder Público, instituciones y funcionarios públicos o funcionarias públicas.
Prohíbe, además, que utilice la imagen, sonido o la presencia de niñas, niños o adolescentes, así como los símbolos nacionales o regionales de la Patria o la imagen de los próceres de la República Bolivariana de Venezuela, o los colores de la Bandera Nacional o regional, y la imagen, nombres o apellidos de cualquier ciudadano o ciudadana, así como colores y símbolos que identifiquen una organización con fines políticos, agrupaciones de ciudadanos o ciudadanas, sin su autorización.
No está permitido tampoco que la propaganda electoral violente las normas establecidas en la legislación en materia de protección animal.
Con respecto al financiamiento, prohíbe que sea financiada con fondos públicos distintos a lo previsto en esta norma, con fondos de origen extranjero o con fondos privados no declarados al CNE Electoral y al Servicio Nacional lntegrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Y que no atente contra la salud mental de los ciudadanos ni promueva estereotipos de discriminación de guerra o de cualquier otro tipo.
Por Vanguardia Venezuela