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Estos son los delitos electorales que se deben evitar en los centros de votación

Estos son los delitos electorales que se deben evitar en los centros de votación

Julio GutiérrezporJulio Gutiérrez
mayo 23, 2025
en Electoral
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Son varias las acciones consideradas delitos electorales en los centros de votación de cualquier proceso electoral en el país, según señala la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

Estos comportamientos deben evitarse en las elecciones parlamentarias y regionales que realizará el Consejo Nacional Electoral (CNE) este domingo 25 de mayo para evitar las respectivas sanciones.

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Delito electoral con sanción de 15 a 50 Unidades Tributarias (UT) o 15 a 50 días de arresto.

Los funcionarios electorales que rehúsen admitir la votación de electores que tengan derecho a votar conforme a la ley.

Delitos electores con sanción de 20 a 60 UT o 20 a 60 días de arresto.

Quienes obstaculicen la realización de procesos electorales, por ejemplo quien dañe una máquina de votación.

Quienes concurran armados a los actos de votación o escrutinios, con excepción de los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley. Si los infractores fueren funcionarios, la pena llevaría aparejada la destitución del cargo e inhabilitación para el desempeño de funciones públicas por el término de un año, después de cumplida aquella.

3. Delito electorales con sanción de 5.000 a 7.000 UT.

Los medios de comunicación social que incurran en difusión de resultados antes del primer boletín oficial.

Otros delitos electorales

  • Destruir el comprobante del voto que emite la máquina de votación o cualquier otro material electoral, por tratarse de bienes públicos.
  • Romper el listado electoral publicado en un centro de votación.
  • Ejercer el sufragio en dos oportunidades en un mismo centro electoral.
  • Tirar el comprobante de votación.
  • Falsificar un acta electoral.
  • Exhibir una cédula falsa.
  • Usurpación de otra identidad.
  • Violencia ejercida contra una persona.
  • Pretender ejercer el sufragio por otra persona, ejercerlo por más de una vez o estar acompañado con la excepción de las analfabetas, invidentes y mayores de edad.
  • Pretender obligar que se ejerza el derecho al sufragio.
  • Consumir, expender y vender bebidas alcohólicas en los centros de votación.
  • Utilizar a los empleados durante su tiempo de labores para que auxilien o voten por un candidato o partido político determinado.
  • Coartar la libertad y secreto del voto de los ciudadanos.
  • Instalar, abrir o cerrar una mesa o centro fuera de lo establecido en las leyes, reglamentos o decretos electorales.
  • Impedir violentamente la instalación, apertura o cierre de una mesa.
  • Impedir el voto a los electores con discapacidad, aun cuando no conste en los datos del elector tal condición.
  • Usar cámaras fotográficas o celulares el momento del sufragio.
  • Intentar ejercer el derecho al voto con un documento de identificación falso.
  • Ofrecer dinero a cualquier ciudadano para que vote por algún candidato en particular.
  • Impedir u obstaculizar el conteo de votos.

Mantente informado y síguenos en Instagram y X: @vanguardiavenezuela.

Tags: centros de votaciónDelitos electorales
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