El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), informó, mediante una providencia administrativa publicada en Gaceta Oficial N.º 43.140 del 2 de junio, sobre el ajuste de la Unidad Tributaria (UT), de 9 bolívares a 43 bolívares.
Este nuevo valor de la UT solo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de los tributos nacionales, cuya recaudación y control sean de la competencia del Seniat.
Por ello, no será utilizada por otros órganos del poder público para calcular beneficios laborales ni tasas de contribuciones derivadas de los servicios que prestan, destaca el artículo 2 de la normativa.
Asimismo, establece que, para los tributos con liquidación anual, la UT aplicable será la vigente al cierre del ejercicio fiscal correspondiente. En el caso de tributos con períodos distintos al anual, se usará la UT vigente al momento de la liquidación, según lo dispuesto en el parágrafo tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente que dicta el Código Orgánico Tributario.
La última vez que la UT fue actualizada fue en el 2023.
